Un juez acepta un amparo por un petit hotel y pide informes al Ejecutivo porteño. Las respuestas son insólitas y revelan que hay destrucción de documentos, funcionarios sin mandato y directores ausentes sin aviso
Como es público y notorio, hay hijos del rigor, gente que sólo se mueve a palo porque no hay zanahoria que los entusiasme. Según parece, la Justicia es el palo de los palos, y hasta los hijos del rigor mortis que forman el Consejo Asesor en Asuntos Patrimoniales se movieron ante la demanda de información presentada por el juez Osvaldo Othegui, titular del Juzgado porteño Nº 8. Pero lo que le contestaron al juez terminó revelando la espectacular chapucería con que se mueve el Consejo, cuyos miembros no tienen ni siquiera mandato formal. Peor le fue a su jefe, que comunicó muy tranquilo que destruye los expedientes con que se permite demoler el patrimonio de nuestra ciudad. Y entremedio, buscando a los manotazos argumentos con qué defenderse, terminaron poniendo por escrito algo que tenían prohibido hasta decir y que su Jefazo, el subsecretario de Planeamiento Héctor Lostri, negaba a los cuatro vientos: las decisiones del CAAP son vinculantes.
La historia empieza cuando la inmobiliaria Baigún cuelga un cartel en el petit hotel de Juncal 2080, anunciando futuros monoambientes en otra primorosa caja de zapatos en propiedad horizontal. Varios vecinos y caminantes se comunicaron con m2 y con la ONG Basta de Demoler, extrañados de que en plena Recoleta se permitiera todavía destruir una tipología que hasta tiene una ley específica, para variar creada por la ex diputada Teresa de Anchorena.
María Carmen Uzandivaras, de Basta de Demoler y abogada inagotable, estudió el caso y descubrió que Juncal 2080 había caído en la famosa volada del “entorno” con que el CAAP se sacaba de encima edificios. El Consejo tenía un concepto francamente amateur del entorno y, cuando alguien pedía destruir un edificio, consideraba todos los de la manzana anteriores a 1941, como le manda la Ley 3056. Lo curioso es que el edificio que está atrás de otro, en la calle “de atrás” de la manzana, no es realmente entorno, o lo es en un grado muy técnico. El entorno-entorno es la cuadra, lo que tiene el edificio al lado y lo que tiene enfrente, que viene a formar ese tramo de calle, contando las esquinas cruzando.
Este absurdo era tan pueril que dejó de hacerse una vez que fue publicado en m2, ya que al final varios miembros del CAAP son arquitectos y les deben haber tomado el pelo. El sistema funcionaba como una máquina para crear permisos de demolición encubiertos, ya que se “desestimaban” parcelas cuyos dueños ni siquiera sabían que habían sido tratadas. Cuando se preguntó cuánto valía esa lista, en el CAAP se recontraofendieron. Pero dejaron de hacer “barridos de entorno”.
Pero Juncal 2080 cayó en uno de esos entornos, junto a otros seis edificios en la misma manzana de un octavo que, ese sí, había entrado por expediente. Uzandivaras presentó el 14 de julio, por Basta de Demoler, un amparo. Al mismo día siguiente, con agilidad que reconforta, el juez dictó una precautelar congelando el lugar para poder estudiar el caso. También le solicitó al gobierno porteño los papeles del trámite y, detalle estremecedor pedido por la demanda, los mandatos de los miembros del CAAP, que representan supuestamente a instituciones de la sociedad civil, del Ejecutivo y del Legislativo de la ciudad.
La primera rareza viene de la dirección general de Registro de Obras y Catastro, que informa al juez que no existe ningún pedido de obra o demolición para Juncal 2080. Lo que deja flotando la pregunta de qué está comercializando Baigún. La segunda rareza, gravísima, viene de la jefatura inmediata del CAAP, la dirección general de Interpretación Urbanística y Registro, Dgiur. La entidad le cuenta al juez que “el señor director general” dispuso el 25 de junio de 2010 “un proceso de depuración y destrucción de los expedientes que se encuentran comprendidos dentro de la resolución 119/09” con la sola salvedad de labrar un Acta de Depuración (de paso, ese es exactamente el nombre del documento del Tercer Reich que te eximía de ser judío si tenías un abuelo judío “nada más”).
Pero resulta que la Resolución 119 se aplica a lo que en criollo se llamarían papeles al pepe. Si uno escribe al Gobierno consultando si puede plantar un árbol de copa redonda, esa carta no tiene por qué quedar archivada por siempre. De ninguna manera se traduce de la letra o el espíritu de la resolución que se puede utilizar para quemar expedientes, con lo que el director general Ledesma muestra una gran creatividad legal.
Pero en concreto, no existe el expediente que permite destruir el petit hotel de Juncal 2080, lo que abre interesantes preguntas. El CAAP, resuelto a prevenirlas, se reunió otra vez el 9 de agosto y produjo otro documento que hará las delicias de los historiadores. Esta nota arranca con una fallutada notoria: es el primero en la historia del organismo que comienza sin citar un número de expediente, como es de rigor, ya que el pobre expediente ya fue destruido. Según la Ley 3056, el Consejo no tiene poderes para actuar sin un expediente, pero esta vez lo hicieron igual y hasta afirman taxativamente que todo lo actuado fue dentro de esa misma ley. Para no ir más lejos, la pobre 3056 nunca menciona ese bicho llamado entorno con el que fue a parar a la picota Juncal 2080.
CATALOGACIONES
Dos buenas noticias, entre tantos desmanes. La Legislatura aprobó en primera lectura catalogar con grado estructural al Cine Teatro Opera, esa belleza del modernismo argentino que sabía llenar sus 2500 butacas. El proyecto del diputado porteño Sergio Abrevaya protege el hall, la sala principal, el Petit Opera del subsuelo y hasta, cosa rara, los baños. Explícitamente se veda cambiar revestimientos y ornamentos, herrerías y luces originales de 1936.
Mientras, en Barracas, festejan que queda a salvo el Puente de los Carros, que cruza las vías del Roca a la altura de la calle Ituzaingó y es la única vía entre Brasil y el puente de Brandsen.