Buenos Aires, 08 de Marzo. La Justicia confirmó la medida cautelar de no innovar solicitada por la Asociación Basta de Demoler, por la cual se ordena detener la demolición de un inmueble de valor patrimonial construido por el arquitecto Francisco T. Gianotti, cuyos principales trabajos integran el acervo arquitectónico porteño: la Galería Güemes, la Confitería del Molino, el Edificio corporativo Schaffhausen y una veintena más de obras edificadas en las ciudades de Buenos Aires, Mar del Plata y Salta.
El inmueble está ubicado en la calle Mariscal Sucre 2265 y fue construido en el año 1912 o 1918, dato que puede comprobarse junto a la firma del arquitecto que figura grabado en la fachada.
Si bien la obra contaba con un permiso de demolición registrado en el Ministerio de Desarrollo Urbano (Gobierno de la CABA), el mismo se otorgó sin haber cumplido la orden judicial de la Jueza Andrea Danas (diciembre 2011), que ordena al Gobierno a atenerse al procedimiento de la Ley que protege los edificios construidos antes del año 1941; es decir, que fuera analizado por el CAAP (Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales) y que este organismo determinara su preservación o la desestimara .
La demolición estaba detenida por una medida pre-cautelar ordenada en fecha 19 de marzo dede 2012 por el Juzgado N°6 del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario a cargo de la Jueza Andrea Danas . El Gobierno adujo que el edificio no es anterior al año 1941, por lo cual no está alcanzado por el fallo Judicial. Pero Basta de Demoler demostró la fecha de construcción presentando fotografías que certifican este dato grabado en la fachada del propio edificio.
La resolución Indica: “En este entendimiento, que el año de construcción es anterior a 1941, este inmueble debía haber pasado por el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales […] lo que efectivamente no sucedió” y que según se desprende de la página de internet del GCBA, en el “Registro de Edificios catalogados de la Ciudad de Buenos Aires”, respecto de la construcción en cuestión “no figuran datos”. “Ello significa, entonces, que no se encuentra desestimada su protección”.
En 2012 la Jueza Danas a través de la medida precautelar resolvió “hacer lugar a la medida cautelar peticionada por la Asociación Civil Basta de Demoler y prohibir cualquier modificación, destrucción, demolición y/o cualquier acción que implique alteración alguna del inmueble sito en la calle Mariscal Sucre nº 2265 de esta Ciudad, hasta tanto recaiga sentencia definitiva y firme en los presentes obrados”.
Fotos: Alejandro Machado http://francescogianotti.blogspot.com.ar