Normativa Vigente
¿Qué tipo de protección existe actualmente?
Leyes locales:
Ley 3056, (Ampliación de ley 2548) Promoción Especial de Protección Patrimonial
Para información sobre irregularidades en la aplicación de la ley haga click aquí.
Ley 2548, Promoción Especial de Protección Patrimonial
Ley 1227, ley marco de protección del patrimonio tangible
Ley 2065, Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales
Ley 104. Ley de acceso a la información pública.
Ley Nac. 25743 de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico
Caso Estación Plaza Francia/Facultad De Derecho
Ley 317, Construcción de Línea H de Subterráneos
Ley 3106, Área de Protección Histórica 14 – Recoleta –
Ley 2710, modificatoria de ley 670 de nuevas líneas de subterráneos
Plan Urbano Ambiental y Código Urbanístico:
La Ley 2930; Plan Urbano Ambiental es la Ley marco a la que deberá ajustarse la ¨normativa urbanística y las obras públicas incluido el Código de Planeamiento Urbano.¨ (Art. 1). que fue reemplazado recientemente por el Código Urbanístico.
Este regula los aspectos relativos a las habilitaciones, organización del tejido edilicio y distribución de usos. En su Título 9; Protección Patrimonial e Identidad establece entre otras cosas; la obligación de Proteger, las áreas de Protección Patrimonial (APH y AE), el procedimiento para la catalogación y revisión del catálogo, los criterios de valoración, formas de protección, promociones para bienes protegidos, desgravaciones tributarias, Fondo de Estímulo para la Recuperación de Edificios Catalogados. (FEREC)
En la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires:
La Ciudad desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrado a las políticas de desarrollo económico social y cultural…la preservación del patrimonio natural, urbanístico, arquitectónico… Art. 26, 27.
Se garantiza la preservación, recuperación y difusión del patrimonio cultural, cualquiera sea su régimen jurídico y titularidad, la memoria y la historia de la ciudad y sus barrios. Art 32.
En la Constitución Nacional:
“Las autoridades proveerán a la protección del patrimonio histórico y cultural” Art. 41 Nuevos Derechos y Garantías.