Imagen de Noviembre de 2011.
Mientras se despejaba el negocio de molestos y molestas, se avanzaba con empezar a abrir camino para un emprendimiento insano pero sumamente rentable, el que quiere terminar de polisaturar la zona de Palermo cercana al Hipódromo con otra megasupertorrezota. Nuevamente se trata de Ledesma y su Dgiur –¿el arquitecto se da cuenta de que Lostri lo tiene firmando cosas que pueden terminar feamente en tribunales?, ¿tanto le pagan?– y el caso es el memorable artefacto que se quiere comer al restaurante La Cuadra y al minishopping La Imprenta, y levantó en armas a un barrio de los más paquetes y bienpensantes.
Resulta que en su disposición 1694, emitida en octubre, Ledesma le da seis meses a los especuladores para que presenten planos porque considera “factible” la ampliación de “los edificios sitos en Jorge Newbery 1651, Migueletes 858/60/62 y 868/70/80” respectivamente conocidos como La Cuadra y La Imprenta. Legalmente hablando, se trata de las parcelas 16, 25 y 26 de la misma manzana porteña, con pedido de englobar para hacer un emprendimiento de alto caletre. Según arranca la resolución, la vieja caballeriza –la última de la ciudad– tiene protección estructural por ley y La Imprenta la tiene cautelar. Esto significa que en el primer caso no se puede ampliar el edificio de ninguna manera y en el segundo sólo se puede si resulta invisible desde la vereda.
Pero el proyecto presentado en su momento simplemente se cargaba todo y dejaba como maquetas las fachadas existentes. Como el obrador iba a tener acceso sobre Newbery, La Cuadra se iba a demoler completamente para hacer entrar los camiones y maquinarias, y luego se iba a construir una maqueta con materiales nuevos para calmar las aguas. Este proyecto se tuvo que descartar cuando la Legislatura catalogó ambas propiedades, pero evidentemente los especuladores presentaron otro. Ledesma, para que se entienda que en el fondo puede hacer lo que le diga Lostri, recuerda que “el capítulo 5.4.12” del Código, dedicado a “Distritos áreas de protección histórica APH, en su ítem 8) Casos Especiales, establece: que … El PE podrá autorizar flexibilizaciones a las disposiciones de este Código, de la Edificación y de Habilitaciones y Verificaciones cuando la exigencia de su cumplimiento implique obstaculizar el logro de los objetivos de rehabilitación perseguidos en las normas para los distritos APH. El Organo de Aplicación será el encargado de proponer, fundamentándolas debidamente, las flexibilizaciones a las que se hace referencia en el párrafo anterior…”
Con el paraguas bien abierto, el funcionario se dedica a marear con tecnicismos sobre la zonificación del barrio y no da mayores detalles de lo que traman los emprendedores. Lo único que se dice es que “surge que se pretende ampliar los edificios existentes de carácter patrimonial con un volumen con frente sobre la calle Migueletes que igualará el perfil de los edificios linderos existentes”, o sea que llegará a los 22 pisos de altura. Como el proyecto “respeta las alturas y el perfil edificable de los edificios existentes”, “el Area Técnica competente entiende que no existirían inconvenientes desde el punto de vista urbanístico y patrimonial en acceder a lo solicitado”.
El defensor adjunto del Pueblo porteño, Gerardo Gómez Coronado, que ya aprendió largamente a ver entrelíneas en estas resoluciones, subrayó algo muy llamativo: en ninguna parte del texto de Ledesma se dice qué altura tendrá el edificio futuro ni cuántos metros de superficie final. Como lo que se deduce de la oscuridad del texto es, de todos modos, que traman algo grandote, la pregunta final es tan obvia como ensordecedora: ¿cómo van a hacer para construir algo así respetando las catalogaciones? A mediados de marzo vence el plazo para presentar una propuesta formal.
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