El 31 de diciembre venidero pierde vigencia la ley 3680, ley de Régimen de Promoción Especial de Protección Patrimonial , único mecanismo de protección para los edificios que datan de antes de 1941. Cuando esto ocurra sólo quedaran protegidas de la piqueta las escasas construcciones catalogadas que existen en la ciudad.
En consecuencia, todo edificio, aunque tenga valor patrimonial, será considerado como terreno vacante por los intereses inmobiliarios, ya que estará habilitada su demolición.
Esto permitirá que se sigan destruyendo nuestros barrios, perdiendo su identidad y alterando aún más su calidad de vida.
Es una ley de procedimientos que establece que el interesado en demoler un inmueble de esas características deba someter a un consejo asesor, el CAAP, la decisión de si tiene valor patrimonial, histórico o forma parte del patrimonio intangible, para así preservarlo o permitir su demolición.
En noviembre de 2007 cuando se promulgó, se vaticinó una avalancha de juicios contra el gobierno. Hoy después de tres prórrogas, nada de eso ha sucedido, lo que equivale a reconocer lo justo de la norma.
La exigencia es mínima, y prácticamente todas las grandes ciudades con patrimonio notable la tienen incorporada. .Los desarrolladores inmobiliarios no se resignan a considerar al patrimonio como una variante que otorga más valor a su propiedad.
Hoy en el 2011, la presión para obtener predios donde construir es mucho mayor y esta norma es mas necesaria que nunca.
A pesar de la exigencia constitucional de proteger el patrimonio arquitectónico, histórico y cultural, si esta ley deja de tener efecto, a partir del mes de enero de 2012 tendremos una bien preparada y triste transformación en toda la ciudad.
Patrimonio Porteño. Piden “preferencia” para el 17 de noviembre (Por ProtoComunca Caballito)
El diputado del GEN, Martín Hourest pide prorrogar ley patrimonial que rige hasta el 31 de diciembre. Peligra gran parte del patrimonio arquitectónico de la Ciudad
La Ley 2.548 (de Anchorena) de “Promoción Especial de Protección Patrimonial” fue sancionada el 29 de noviembre de 2007 e intento proteger a casi 3.000 “Edificios Representativos” de la arquitectura de la Ciudad. La esencia de nuestra porteñidad en arquitectura de todos los estilos. En ese eclecticismo que es nuestro.
En su primera prorroga y modificatoria la Ley 3.056, (Destefano) 26/05/2009 se incorporo a esta norma la realización de una evaluación por el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales (CAAP) de la Ciudad de los edificios que “Se encuentren emplazados en cualquier parte del territorio de la Ciudad, cuyos planos hayan sido registrados antes del 31 de diciembre de 1941. Si el CAAP resuelve que el inmueble posee valor patrimonial, deberá denegarse la solicitud y deberá darse inicio al proceso de catalogación. En cambio si el CAAP resuelve que el inmueble no posee valor patrimonial, la solicitud deberá seguir el trámite preestablecido y el inmueble quedará liberado de toda restricción.
La Ley N° 3.680, (Hourest) del 13/12/10 logro ordenar el texto y prorrogar su cumplimiento por un año.
Hoy el Diputado Hourest intenta una vez mas lograr preservar el valioso patrimonio arquitectónico de Buenos Aires con la presentación del proyecto 1370-D-11.
Luego de 4 años de sancionada la Ley 2.548 todavía el Ejecutivo de la Ciudad no envío las solicitudes de catalogación de la mitad de los edificios originales de la lista. Por lo que no terminaron el trámite legal que marca la necesidad de una modificación del Código de Planeamiento. (Ley de 31 votos de doble lectura y Audiencia Publica entre ellas).
En este momento 1.500 “Edificios Representativos” de la Ciudad de Buenos aires se encuentran en una especie de “limbo legal”. Están en un “Catalogo Preventivo”. Junto a decenas de edificios de valor patrimonial incluidos por esta misma norma por la aplicación del mecanismo marcado por la modificatoria 3.056.
La realidad es que tanto esas valiosas piezas rescatadas por el sistema de la 3056. Como las importantísimas obras arquitectónicas representativas de nuestra porteñidad se encuentran disponibles para la aventura de un especulador sin dolor ni conciencia. Mesquino solo a su afán de lucro. Que busque demolerlas para lograr un rédito económico.
Ya las inmobiliarias y constructoras; con por lo menos la mirada poco atenta del ejecutivo. Tienen un manual de la destrucción de las edificaciones incluidas en el “Catalogo Preventivo”. Ya hay un método. Degradatorio. Se sacan aberturas y se agujerean los techos. Se afloja alguna viga y se pide la demolición “por riesgo de vida de terceros”.
La otra alternativa es la demolición lisa y directa sin cartel, ni aviso, ni empresa demoledora ninguna aparecida. No se cumplen con las leyes. Ni con las normas de seguridad. Así nacen los derrumbes, las explosiones. Todo lo que denuncian los vecinos desde hace 5 años. Comenta el diputado porteño.
Y la mecánica no hace distinción entre cualquier propiedad del “Catalogo Preventivo” y esto incluye a los “Edificios Representativos” de la originaria Ley 2.548 que por desidia del Ejecutivo nunca completaron su tratamiento. Y así. Día a día. Van desapareciendo los edificios del catalogo. Y con ellos nuestras memorias.
Mas allá de la existencia de una norma que debería proteger a esta parte de nuestro patrimonio. Nuevamente la poca eficacia administrativa. O el sencillo desinterés por la temática desde la administración macrista al no reglamentar la Ley 1.227 de Cultura deja a los defraudadores impunes.
El ultimo día de este año, de no prorrogarse esta normativa, como propone el diputado del GEN Martín Hourest, nuestra ciudad podrá perder gran parte de su pasado. Y si dejamos que eso ocurra. No quedan dudas que estaremos rifando su futuro.
Diputado Martín Hourest 4338-3041
Fuente:
Proto Comuna Caballito
Hechos. No palabras.