El legislador porteño, Rafael Gentili, de Izquierda Democrática (I+D), junto a representantes de la ONG “Basta de Demoler” y vecinos de la zona, presentó una acción de amparo por la demolición y construcción de un edificio con autorización vencida en Avenida Caseros.
Rafael Gentili, diputado porteño y primer candidato a legislador en la lista de Izquierda Democrática (I+D), junto a representantes de la ONG “Basta de Demoler” y vecinos de la zona, presentó una acción de amparo por la demolición y construcción de un edificio (conocido como “Ovni/CPU”) en Avenida Caseros que tendría la autorización vencida y, además, no respeta las características patrimoniales del entorno.
Gentili expresó: “La obra de Caseros 802 no respeta el área de Protección Histórica. Por eso, el amparo se interpuso para que la Justicia haga lo que el subsecretario de Planeamiento, Héctor Lostri, y el ministro de Desarrollo Urbano, Daniel Chain, se niegan a hacer: impedir que se lleve adelante una obra que viola la ley”.
El legislador explicó que la Ley 4464 de diciembre 2012 extendió la zonificación protectora APH1 a la Avenida Caseros. Esta obra se aprobó en el 2008, pero como los permisos de obras caducan a los tres años, el plano caducó y debería ajustarse a la nueva norma APH1.
Y agregó: «No obstante ello, el Subsecretario de Planeamiento autorizó a hacer la obra con el permiso caducado permitiendo que el privado haga la obra con los beneficios de la derogada zonificación R2aII, y no con el ajuste a la norma APH1, que implica diferencias en la limitación de altura máxima, adecuación a la estética del contorno, limitación a edificios entre medianeras, un cuadro de usos restrictivo y el establecimiento de un FOS del 60%».
El edificio “Ovni o computadora” fue rechazado por los vecinos porque rompe con el contexto urbano de Caseros y es una obra que tiene su entorno cuidado por ley lo que obliga a que la Dirección General de Interpretación Urbanística limite su altura y su impacto visual.
Por otra parte, el artículo 10.1.4 del Código de Planeamiento Urbano dice que “en parcelas adyacentes a edificios catalogados, monumentos históricos nacionales o distritos APH, deberá consultarse a la secretaría en lo que respecta al tratamiento de fachadas y al contexto patrimonial”.
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